En la evolución histórica del concepto de democracia, se hace cada vez más relevante la participación de la ciudadanía en la adopción de las decisiones políticas, la legitimidad jurídica de dicha participación y de las decisiones adoptadas y la correcta fiscalización ciudadana sobre la autoridad.
Marcelo Díaz Suazo
Abogado e investigador asociado CISO
“Confío plenamente en la sabiduría del pueblo chileno”. Con esta cita, el pasado 7 de noviembre, el Presidente de la República Gabriel Boric, recibió oficialmente la propuesta de nueva Constitución emanada del Consejo Constitucional. Junto con firmar el decreto que permitirá realizar el plebiscito sobre aprobación o rechazo de dicho texto el próximo 17 de diciembre, agregó en su discurso: ” siempre en las decisiones políticas trascendentales, el pueblo chileno lo ha demostrado y estoy seguro que en esta ocasión así también será«.
El mandatario no sólo valoró el ejercicio de democracia directa que significa el plebiscito, sino también la importancia de la participación ciudadana en las decisiones políticas. Ambas son aristas de una versión más moderna y eficiente de la democracia como régimen político.
“Y que el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo no desaparecerá de la Tierra”. Este fue el mensaje final del histórico discurso de Gettysburg, pronunciado por el entonces Presidente de los Estados Unidos Abraham Lincoln, en esa ciudad de Pensilvania, con motivo de la Dedicatoria del Cementerio Nacional de los Soldados, el 19 de noviembre de 1863, es considerado hasta ahora no sólo como uno de los más grandes y citados discursos de la humanidad, sino también como la definición más precisa y concisa de “democracia”.
La democracia es una forma de gobierno. Un modo de administrar el Estado, donde el poder es ejercido por la ciudadanía mediante mecanismos legítimos de participación en la toma de decisiones.
No obstante, el aserto anterior, o la respuesta primaria a la interrogante ¿qué es la democracia? No siempre ha sido una cuestión pacífica, y para acotar adecuadamente esa definición ha sido necesario constantemente considerar todas las aristas que la evolución histórica, el desarrollo filosófico y la práctica política han introducido al contenido de este concepto primordial.
En efecto, el avance de la humanidad y la propia cotidianeidad política universal, han hecho que la respuesta a la interrogante antes referida haya ido variando a través del tiempo, influida por las ideologías predominantes en las distintas épocas, por la doctrina elaborada por los autores desde el mundo científico y filosófico y por el ascenso al poder ya no sólo de las élites sino de cada vez mayores y más amplios sectores sociales. Así entendida, la democracia es hoy, más que una manera de gobernar, una forma de vida en sociedad, cuya principal función es garantizar el respeto de los derechos humanos, protegiendo las libertades civiles y los derechos individuales y permitiendo y favoreciendo la igualdad de oportunidades en la vida política, económica y cultural de la sociedad.
Por eso, en pleno siglo XXI, para que se pueda hablar de democracia, o mejor dicho para poder afirmar que un determinado Estado es democrático, porque su forma de gobierno es la democracia, es preciso comprobar en ese Estado el cumplimiento de ciertos requisitos primordiales, que deben dar sustancia o contenido a su democracia, a saber: la participación de la ciudadanía en la adopción de las decisiones políticas, la legitimidad jurídica de dicha participación y de las decisiones adoptadas y la correcta fiscalización ciudadana sobre la implementación por parte de las autoridades de tales decisiones, en la forma y oportunidad que corresponda conforme al mandato que les fue conferido.
La participación en los procesos de toma de decisiones es elemento básico o fundamental de toda democracia. La participación es requisito sine qua non, pues no se concibe la democracia sin participación ciudadana. La democracia requiere participación activa de la ciudadanía, ya que sólo así será “el gobierno del pueblo”.
En la actualidad, el mecanismo principal de participación de la ciudadanía es el sufragio universal, libre, secreto e informado, mediante el cual ésta elige a sus autoridades, a fin que le representen por un período determinado en los procesos de toma de decisiones. Es la llamada democracia representativa, en oposición a la democracia directa, donde son los propios ciudadanos quienes adoptan las decisiones sin intermediarios, a través de instrumentos como el referéndum, los plebiscitos o las iniciativas populares de ley. En ambos casos, democracia representativa o democracia directa, la participación ciudadana debe ser legítima, y esa legitimidad la da el Derecho. La participación debe ser reglada para evitar los abusos y la violencia, que permanentemente conspiran contra la democracia, y por ello, aunque la democracia implica el gobierno de las mayorías, no puede dejar de lado a las minorías, ni desatender los derechos de los individuos.
Preocupado de esta materia, Norberto Bobbio, el célebre filósofo y político italiano del siglo XX, introdujo en su momento en la Filosofía, el Derecho y la Ciencia Política “la definición mínima de democracia”, para ejemplificar una idea tan obvia como la de que si no hay respeto por las minorías, aun cuando gobierne la mayoría, no habrá democracia. La idea es que el gobierno represente a la mayoría, respete a la minoría y le permita hacer valer sus derechos a todos los ciudadanos. Es por esa razón que la mayoría de los estados democráticos cuentan con una Constitución Política, una Carta Magna o Ley Fundamental que sirva de guía para sus legisladores y garantía para todos sus ciudadanos. Chile no es excepción al efecto, y la decisión política trascendental que debemos adoptar el próximo 17 de diciembre es un claro reflejo de aquello. Volviendo al discurso del Presidente Boric sobre el documento entregado por el Consejo Constitucional, “Chile debe decidir si esta es una propuesta que nos une”, confiemos en la sabiduría del pueblo.